25/04/2024

¿Yo me quiero Casar y Usted?

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El día lunes 24 de septiembre se inaugura la sala de Matrimonios en la sede de la Comuna 1.

El día lunes 24 de septiembre se inaugura la sala de Matrimonios en la sede de la Comuna 1.

La Comuna 1 habilitó el servicio de casamientos en nueva sede ubicada en el ex Padelai (Humberto 1º 250)

Este lunes 24 de septiembre se consagrarán tres matrimonios y una unión civil a partir de las 9 y 30 am.

Las parejas que así lo deseen podrán sacar turnos para casarse por civil en el siguiente link http://www.buenosaires.gob.ar/tramites/solicitud-web-tramites-de-matrimonios


Requisitos

Documentación:

  • Los solteros y mayores de edad argentinos/as deben presentar el DNI vigente de ambos contrayentes.
  • Los solteros y mayores de edad extranjeros/as deben presentar DNI Argentino, o, si no lo tuvieren, pasaporte vigentes y en buen estado.
  • Los casados y con divorcio vincular en la Argentina deben presentar la partida original del matrimonio anterior con la inscripción de la nota marginal de divorcio.
  • Los casados en el extranjero y con divorcio vincular en la Argentina deben presentar la partida de matrimonio con la inscripción de la nota marginal del divorcio y el testimonio de la sentencia. Si fuera el caso, la documentación deberá estar traducida y legalizada.
  • Los casados en la Argentina y con divorcio en el extranjero deben presentar la partida de matrimonio original con la inscripción de la nota marginal del divorcio vincular.
  • Los casados y divorciados en el extranjero deben presentar la partida de matrimonio original con la inscripción de la nota marginal del divorcio vincular.
  • Si alguno de los contrayentes o ambos, fuera viudo/a deberán presentar las partidas originales de matrimonio y defunción.

Exámenes Prenupciales:

Los exámenes prenupciales son optativos en caso que los contrayentes decidan hacerlos, deben realizarse 7 (siete) días hábiles antes de la fecha de la celebración del matrimonio en hospitales públicos y/o en clínicas y sanatorios privados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si se realizan en otra jurisdicción, deberán estar legalizados ante la autoridad sanitaria competente.

*Art. 1º: Los futuros contrayentes no tendrán la obligación de presentar el certificado prenupcial a los fines de la celebración del matrimonio por ante el Oficial Público de la DGRC de la Ciudad de Buenos Aires, siendo optativo para ellos su presentación de acuerdo a la normativa vigente.

Fuente: Registro Civil de la capacidad de las Personas GCABA

 

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