26/07/2024

LA MUERTE DEL MAESTRO DE ESCUELA EN NEUQUEN

Compartir!
Marcha por la muerte de Carlos Fuentealba
Marcha por la muerte de maestro asesinado en Neuquen, Carlos Fuentealba

Lección N° 1. La Nación no debe contribuir a la conflictividad en las distintas jurisdicciones. La Ley de Financiamiento Educativo establece que la responsabilidad de pagar a los maestros recae en cada provincia.  A la vez, el artículo 9 crea un fondo compensador, que maneja el Ministerio de Educación nacional, con un fin específico y limitado: asistir a las jurisdicciones postergadas que no puedan alcanzar los standards salariales que rigen en el resto del país.
Como lo declaró el  Ministro Filmus en febrero del año pasado, cuando se fijó el mínimo de 840 pesos : “La Nación pone lo que falta para alcanzar este piso en once jurisdicciones postergadas, pero  estamos en un país federal y no existe una ley que nos permita fijar pisos salariales comunes para todas las provincias, que son autónomas”.
Pero, según sea ejercida la facultad que otorga el artículo 9, el gobierno nacional puede fijar de hecho esos pisos salariales comunes.  Nadie ignora que, cuando se fija una compensación para las jurisdicciones postergadas, se establece un nuevo punto de referencia para las negociaciones salariales en todas las otras provincias.  Apenas la jurisdicción A es equiparada a la jurisdicción B, surgen en B las presiones para recomponer la situación anterior.
Por supuesto, esta no es una razón para incumplir con el artículo 9.  Las compensaciones son necesarias, son equitativas, y hay que practicarlas. Pero hay que entender, al mismo tiempo, algo que el propio ministro Filmus declaró a las agencia oficial Telam el 22 de julio de 2005: la Ley de Financiamiento Educativo se basa sobre la idea de “responsabilidades compartidas”, por lo cual obliga  a la acción “conjunta” de la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.

Si hay decisión de respetar las autonomías provinciales, y se entiende que la educación es una “responsabilidad compartida”, el Estado nacional debe abstenerse de tomar, de manera sorpresiva, decisiones que afecten a las provincias en las áreas que, según la Ley de Financiamiento Educativo, son de su competencia.

Lección N°2. Los problemas provinciales son, al mismo tiempo, problemas nacionales.  El gobierno nacional no puede creer que los problemas de una provincia afectan sólo al gobierno provincial.
El problema de los salarios docentes es común a la Nación, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.  Esos salarios, aun con las mejoras producidas, son insuficientes; y a eso se agrega que, en la lucha por la recomposición salarial, puede haber demandas excesivas y, a la vez, beligerantes.
Una muestra de esto la podemos encontrar en la propia misma de Neuquén. El Frente Provincial de Unidad, que es la tercera fuerza  y el sector más combativo de la Asociación de Trabajadores de la Educación de Neuquén (ATEN), emitió el 22 de febrero del año pasado un comunicado cuyo título era: “SOBISCH APLICA LA LEY KIRCHNERISTA CONTRA EL SALARIO”.
El texto de aquél comunicado, que culminaba llamando a un “plan de lucha”,  expresaba: “La línea del Ministerio de Educación de Neuquén  coincide con la del Ministerio de Educación de la Nación, encabezado por Filmus, que mediante la Ley de Financiamiento Educativo ha sellado un acuerdo con la burocracia de la CTERA.  Como en Neuquén, en varias provincias del país, Kirchner y Filmus se alían con los gobiernos provinciales ofreciendo como salida unas migajas”. “Mientras, el gobierno nacional entrega nada menos que 5 ½ millones por día a las empresas de ferrocarriles, y destina miles de millones al pago de la deuda externa”.

Como se ve, los problemas provinciales y nacionales se entrelazan.

Por lo mismo, Nación y provincias deben mantener el diálogo, procurar la comprensión mutua, entender la realidad de cada jurisdicción, y hacer un esfuerzo por minimizar conflictos, actuando con prudencia y consenso.

Lección N°3. La Ley de Financiamiento Educativo no resuelve, por sí sola, el problema de los salarios docentes.   Esa ley establece una meta: en 2010, Nación, Provincias y la Ciudad de Buenos Aires deberían estar destinando el equivalente a 6% del PBI a la educación, la ciencia y la tecnología.
La ley incluye un programa muy ambicioso, que va desde la universalización del jardín de infantes hasta la jerarquización de la investigación científica, pasando por nuevas infraestructuras y equipos, así como el desarrollo de la informática y la telemática con fines educativos.
Para financiar ese programa, la Nación pondrá 40%. 
La contribución mayor, la harán las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, pero la responsabilidad primaria de estas jurisdicciones es:
1.    Mejorar los sueldos de maestros y profesores.
2.    Aumentar su número, a fin de atender a una creciente cantidad de alumnos.
3.    Proveer a su capacitación y perfeccionamiento.
Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, por lo tanto, deben conseguir que haya más y mejores docentes, mejor pagos.
Nosotros aprobamos la Ley de Financiamiento Educativo, por considerar que era un paso en la dirección correcta.  Pero dijimos que las provincias y la Ciudad no podrían cumplir cabalmente sus obligaciones mientras no se sancionara el régimen de coparticipación conforme a lo dispuesto en el inc. 2 del art. 75 de la Constitución.
Quiero destacar algo que se dice en “Los salarios docentes”, un informe producido en junio de 2006 por el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC).  No es, como se verá, un informe adverso al Ministro de Educación. Dice textualmente:

“El Ministerio de Educación de la Nación ha realizado un reciente esfuerzo de compensación y de aumento de los salarios con la Ley de Financiamiento Educativo, aunque la raíz del problema lo excede y se vincula con la coparticipación”.

Lección N°4.  Los dirigentes deben hablar en todo momento con mesura y cautela.  Sabemos por experiencia cuál es el costo social de exacerbar los desacuerdos.

Es necesario que la dirigencia política no cree falsas expectativas, con anuncios oficiales grandilocuentes o promesas electorales sin sustento.

Los sectores sociales afectados por una injusticia tienen que hacer, en la medida de lo posible, su propia contribución a la solución pacífica de los conflictos. El derecho de  peticionar ante las autoridades puede ejercerse a través de pliegos, audiencias, presentaciones judiciales, uso de los medios de comunicación o el lobby, en el mejor sentido de la palabra. Las movilizaciones callejeras, que siempre acarrean riesgos, deberían ser el recurso de última instancia.

Una vez confrontada con una movilización, las autoridades deben asegurar que las fuerzas del orden eviten los desbordes, sin recurrir a procedimientos represivos propios de regímenes totalitarios, como el que segó la vida de Carlos Fuentealba.

Por último,  aquellos que tienen responsabilidades públicas, empezando por el Presidente de la Nación, pero incluyéndonos a todos los demás, deben evitar la crispación, la desmesura, el juicio apresurado, los intercambios de imputaciones. Cosas todas que, lamentablemente, afloraron en los últimos días.

La vida de Carlos Fuentealba es irrecuperable. Lo que queda por hacer es evitar que sea inútil. Para eso, debemos aprender las lecciones que nos deja su muerte absurda e injusta.

* Buenos Aires, 11 de abril de 2007. Este es el texto de la exposición que expresó el senador Rodolfo Terragno, en el debate realizado en el HSN, a propósito de la muerte del maestro Carlos Fuentealba en Neuquén.

Compartir!

Comentarios

Comentarios