18/04/2024

Comuna 1: DE MACRI, PARA LAS COMUNAS CON AMOR…

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Nota de opinión del juntista de la Comuna 1, Alejandro Szer (FPV) acerca del proyecto del Ejecutivo porteño enviado a la Legislatura para eliminar los salarios de los miembros de las Juntas Comunales -excepto los de los presidentes- y para limitar las funciones de los comuneros para asignar gastos del presupuesto, entre otras reformas. Alerta Militante invitó a todos los integrantes de de la Junta Comunal a expresar su opinión.

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No conforme con el avasallamiento del espacio publico, del patrimonio histórico de la ciudad, del abandono del sistema de salud y educativo, nuestro benemérito jefe de gobierno guardaba otro as en la manga para despedir el año, embestir nuevamente contra la Ley de Comunas, proponiendo una reforma de la misma, ley con la que nunca simpatizo desde su sanción y menos aun fue promotor de su puesta en practica, sino todo lo contrario.

Cuando ya expiraba el último viernes, lanzo su segundo estiletazo para acabar con el carácter descentralizador y demócrata participativo de la Ley de Comunas. El primero había sido durante el proceso eleccionario de 2011.

A continuación una breve reseña de los cambios propuestos.

1) En cuanto descentralización: En este sentido en el artículo 4º plantea que uno de sus principios generales es la de instaurar las comunas como una unidad política y presupuestaria . Se elimina la subsidiaridad del gobierno central al gobierno local en sus competencias exclusivas. En este sentido, se acentúa el perfil que ya se le asignó a las comunas con la implementación de las UAC (Unidades de Atencion Ciudadana), mas que descentralización se refuerza un proceso de desconcentración.

2) Sobre la Junta Comunal: Claramente al Presidente se le dan más atribuciones administrativas y al resto se les quita toda atribución, como así también como sueldo.  Solo se plantea la persistencia de las áreas de participación y control comunal, a distribuirse entre los miembros de la junta. La nueva Ley establece una desigualdad en atribuciones y salario contraria a lo expresado por la Constitución de la CABA. En términos de las leyes laborales existentes, va en contra de los derechos adquiridos.

3) Sobre la Participación: La propuesta de reforma no se queda atrás en lo que hace al recorte de la participación vecinal con respecto al Presupuesto comunal, no obstante lo cual se sigue planteando que la participación es a través del Consejo Consultivo. También se recortan las atribuciones de control, fijando su participación únicamente como de propuesta y de seguimiento de reclamos. No hay duda que mas allá del ninguneo a la ley, a las juntas comunales, y a la democracia participativa, se alcanza a registrar un intento descarado de concentrar mas poder en la Secretaría de Gestión Ciudadana, que es la que se arroga la distribución discrecional de los recursos que deberían ser orientados a la puesta en marcha de las competencias exclusivas contempladas en la ley de comunas 1777, por parte de las juntas comunales las cuales fueron votadas por la decisión del pueblo de la CABA, en Julio de 2011.

Alejandro Szer, Juntista Comuna 1 (FPV)

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