19/04/2024

SAN TELMO COBRÓ LOS DERECHOS POR JONATHAN SANTANA

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Jonatan SantanaEste ingreso resultará un paliativo para la economía del club, el mismo sufrió importantes descuentos por multas así como también sanciones del Tribunal de Disciplina por distintos incidentes en estadios de fútbol durante 2006”.

Jonathan Santana surgió de las Divisiones Inferiores de San Telmo (ver entrevista de Alerta Militante) debutando en Primera División en 1999, disputando 45 partidos oficiales, jugando posteriormente en Almagro, Nueva Chicago, San Lorenzo, River Plate y actualmente en el mencionado club alemán.

FIFA estableció en 2001 el “Derecho de Formación Deportiva” para los clubes que inician sus carreras los futbolistas que luego entran al mercado de pases. Esta norma se creó debido a que “en el ámbito deportivo las instituciones se ven amenazadas por la posibilidad de que los mejores jugadores juveniles de sus planteles sean llevados a jugar a otras instituciones del país o del exterior a edades en las que aún son menores de edad y jugadores amateurs”.

En lo que hace al aspecto económico, las instituciones que sufren la pérdida de deportistas juveniles se ven afectados por un perjuicio económico que a través del llamado Derecho de Formación y del mecanismo de solidaridad debe ser reparado. En el derecho positivo argentino se encuentra vigente la ley 20.160 “Estatuto del Jugador de Fútbol Profesional” y el Convenio Colectivo de Trabajo 430/75 que en su artículo 11º “Oferta de primer contrato al futbolista aficionado” establece que “…el futbolista que no aceptara suscribir contrato con las condiciones que le ofrece el club en el que está inscripto y tuviere oferta de otro club en otras condiciones económicas más ventajosas…podrá solicitar al club al que pertenece que en el término de cinco días este haga uso del derecho de prioridad para suscribir contrato equiparando las condiciones económicas de la oferta recibida o reconociéndole una retribución equivalente al 60% de lo que percibe el jugador mejor remunerado de la institución debiendo optar por la que fuere mejor. Si el club al que pertenece el jugador no hiciere uso del derecho de prioridad, corresponderá que el club oferente deposite en la AFA, dentro de los cinco días siguientes, el contrato formalizado de acuerdo con las condiciones establecidas para su registro. Si como consecuencia de ello, se produjere la transferencia del jugador a la institución que ha efectuado la mejor oferta, ésta deberá pagar al club de origen una indemnización igual a tres veces el monto de la remuneración anual ofrecida.”

Por otra parte con gran afluencia de asociados comenzaron las actividades de las escuelas de capacitación deportiva, que llevarán la concurrencia al límite de las posibilidades máximas. Se puso a disposición un horario adicional para fútbol masculino (de 6 a 13 años) los días lunes y viernes y ya se cubrieron buena parte de las vacantes.

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