29/03/2024

EL PROBLEMA DE LA (I)LEGALIDAD

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ExpresionOrganizaciones y hombres abocados al ámbito de la comunicación de masas debaten, desde hace años, sobre la reglamentación del derecho humano universal de comunicar; y más allá de la discusión de la ilegalidad de la ley de radiodifusión que rige en la actualidad (que no es un tema menor) la cuestión gira en torno a la norma que funciona como un instrumento que permite la concentración de la propiedad de los medios, es decir, favorece la monopolización de la circulación de sentido, del capital simbólico, las ideas, los pensamientos y la cultura en manos de un numero reducido de grupos de carácter monopólico. Por lo tanto, en la escenario que se plantea: ¿dónde queda nuestra identidad si los medios, en manos de unos pocos, reproducen los intereses personales de éstos como intereses generales?; ¿qué cultura circula cuando los medios están concentrados en manos de multimedios que, si no lo eran, mutaron a trasnacionales?

Del qué al cómo y el quién

Hablar de concentración conduce a pensar en discrecionalidad. Al pensar en políticas de comunicación, otro abordaje del problema es plantearse cómo y quién las aplicaría. Cómo se garantizaría la pluralidad y la diversidad tanto en el otorgamiento de licencias como de la pauta publicitaria (¿oficial u oficial y privada?); porque la cuestión económica no puede dejarse al margen: democratización de la información o, en el mejor de los casos, democratización de la comunicación que implicaría democratización económica.

Fantasía y realidad

Algunas organizaciones consideran que, a grandes rasgos, garantizar el derecho a la información es garantizar la posibilidad de informarse y la de poder comunicar, es decir comprometerse con la comunicación multidireccional pero para que esto suceda no solo habría que discutir una nueva ley de radiodifusión sino que habría que tomar el toro por las astas y abordar la integridad de las políticas publicas de comunicación a nivel nacional.

El problema que se presenta es que para discutir qué tipo de comunicación queremos como sociedad tiene que haber acompañamiento y participación de la sociedad en su conjunto.

* Estudiante Comunicación UBA

Contradicciones

Desde 1980 la radiodifusión en la Argentina es regulada por la ley 22.285. Es decir, que luego de 24 años de democracia el derecho a la información estaría “garantizado” por una ley de la última dictadura. La misma establece que el COMFER (Comité Federal de Radiodifusión) compuesto por miembros de las Fuerzas Armadas es responsable de regular, controlar y fiscalizar la instalación y funcionamiento de las emisoras de radio y televisión en todo el país. Al reestablecerse el sistema democrático esto entra en contradicción con el sistema legal y por este motivo desde el gobierno de Alfonsín  el organismo es intervenido y por lo tanto dirigido por un hombre elegido por el Poder Ejecutivo. A su vez, dentro del cuerpo de la norma (art.45) se establece que las licencias para poder ejercer el derecho de comunicar por radio o televisión serán otorgadas a personas físicas o sociedades comerciales. Solo se otorgan licencias a quienes persiguen como fin el lucro: cooperativas, mutuales, asociaciones y organizaciones sociales abstenerse. Pese a que esté artículo fue declarado inconstitucional por contradecir la Constitución Nacional y el Pacto de San José de Costa Rica, aún no se ha derogado.

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