18/04/2024

TODO SOBRE LAS ELECCIONES DEL 3 DE JUNIO

Compartir!

>

Consulte por Internet los lugares para votar en la Ciudad





Los ciudadanos porteños ya pueden acceder a los padrones de cara los comicios del 3 de junio. La información está a disposición en el sitio web del Gobierno de la Ciudad de Buenos.

Los ciudadanos porteños ya pueden consultar los padrones y lugares de votación de cara los comicios del 3 de junio en el sitio web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o en la dirección http://www.elecciones2007.buenosaires.gov.ar/ .



El Gobierno porteño puso en marcha una iniciativa denominada «Buenos Aires me informa», orientada a facilitar el acceso de la ciudadanía a los padrones.



La propuesta consiste en multiplicar los lugares de exhibición de los padrones a través de todos los canales de comunicación existentes entre el GCBA y la ciudadanía.



La iniciativa, cuenta con la colaboración de empresas, organizaciones e instituciones públicas y privadas.



Las consultas podrán realizarse a través de la página de Internet que el Gobierno de la Ciudad habilitó exclusivamente para este fin: www.elecciones2007.buenosaires.gov.ar; también podrán realizarse vía telefónica llamando al 0800-999-2727 (BSAS) o en todos los CGP Comunales y comisarías de la Ciudad.



Además y durante la semana previa a las elecciones se podrán realizar las consultas en universidades públicas y privadas, colegios profesionales, centros comerciales y ONGïs.



La nómina completa de las mismas será publicada en la página del Gobierno de la Ciudad.



En los comicios del 3 de junio próximo para elegir jefe de Gobierno y legisladores de la Ciudad están en condiciones de votar 1.331.202 mujeres, que lo harán en 3065 mesas habilitadas y 1.232.254 varones, que sufragarán en 2851 mesas.



En tanto, los extranjeros habilitados para votar suman 10.275. Habrá 687 escuelas asignadas en las 28 secciones electorales para electores nacionales y 32 para electores extranjeros.



El gobierno porteño dispuso el pago de 100 pesos en concepto de compensación como viático para los ciudadanos que se desempeñen como autoridades de mesa, tanto en el comicio del 3 de junio próximo como en una eventual segunda vuelta, prevista para el 24 de junio.



La compensación alcanzará al presidente de mesa y a los suplentes que se presenten a cumplir esa tarea.

Todo sobre las Elecciones Porteñas del 3 de JunioLa fecha de convocatoria a las próximas elecciones porteñas es el domingo 3 de junio, día dispuesto por el Decreto Nº 308-07.  Por otra parte, en el caso que ninguna de las listas logre alcanzar el 50% de los votos positivos, tal como lo establece la normativa vigente, se realizará un ballotage con fecha 24 de junio de 2007. Fecha elegida también por el Jefe de Gobierno a cargo para realizar una Consulta Popular no vinculante para que los porteños voten si están o no de acuerdo con la creación de una policía contravencional y de faltas propia. El proyecto que lanzó el ejecutivo porteño al momento del anuncio de dicha consulta, prevé la conformación de un nuevo cuerpo de seguridad porteño que tendrá como base la actual Policía Comunitaria que cuenta hoy con 800 agentes, dependientes de la Policía Federal pero su salario y equipamiento  es abonado por la Ciudad. Este nuevo cuerpo se denominará “Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” (PCA) La elección de Jefes Comunales queda en suspenso hasta por lo menos el 31 de mayo;  límite temporal para que los Legisladores fijen la fecha definitiva para votar los representantes comunales. 

Durante el encuentro el Director electoral de la ciudad Darío Ruiz brindó “información de interés público sobre las diferentes instancias organizativas del acto comicial”. A continuación publicamos el documento realizado por la mencionada dependencia porteña con todas listas definitivas presentadas en la Justicia Electoral y diversos datos del proceso electoral.

Dossier Informativo

El próximo domingo 3 de junio el electorado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá elegir Jefe y Vicejefe de Gobierno y 30 diputados locales.

La convocatoria electoral, realizada por el Jefe de Gobierno de la Ciudad a través del Decreto 308-GCABA-2007, supone el inicio de un proceso de debate ciudadano sobre diversas cuestiones propias del estado porteño, reafirmando el carácter autónomo de la ciudad.

Que la ciudadanía cuente con información clara y precisa es un elemento central para asegurar el ejercicio pleno de sus derechos.

A través de este informe, la Dirección General Electoral del Ministerio de Gobierno desea informar a los medios de comunicación barriales sobre las distintas instancias y variantes que implica el actual proceso electoral.

La elección en cifras

  • Secciones electorales: 28

  • Circuitos electorales: 209

  • Locales de votación: 752 (2005)

  • Mesas de votación: 5950 (2005)

  • Electores nacionales: 2.552.026

  • Electores extranjeros: 10.389

Organización Electoral

Autoridades y Competencias

La Ciudad de Buenos Aires carece de un Código Electoral e instituciones propias abocadas a la administración y organización de los procesos electorales locales. Hasta tanto se creen tales instituciones, el Tribunal Superior de Justicia es el órgano encargado de entender en materia electoral.
En este marco, las distintas tareas que demandan el desarrollo de los procesos electorales locales se distribuyen, mediante un convenio suscripto para tales fines, entre el Tribunal Superior de Justicia, el Juzgado Federal Nº 1 con competencia electoral, el Consejo Nacional de la Magistratura, a través de la Dirección General de Tecnología, y el Poder Ejecutivo de la Ciudad, a través de la Dirección General Electoral del Ministerio de Gobierno.
Padrón Electoral

Su confección supone un proceso de corrección y reclamos, cuyos plazos establece el cronograma electoral, con el fin de contar 30 días antes de la elección con los listados definitivos impresos.  
Para la elección del próximo 3 de junio, y en función de lo estipulado por el cronograma electoral, el cierre de novedades para el padrón de electores se efectuó el 5 de diciembre de 2006 (180 días antes).
El padrón provisorio, consolidado hasta esa fecha, fue exhibido entre el 3 y el 17 de marzo en la página web del Gobierno de la Ciudad y dependencias públicas, para que los ciudadanos puedan realizar los reclamos correspondientes.
Finalmente, también con el objetivo de recibir reclamos y realizar correcciones, entre el 4 y el 14 de mayo en la página web del Gobierno de la Ciudad y dependencias públicas se exhibirá el padrón definitivo.

Electores Extranjeros

Los extranjeros y extranjeras que residan en la Ciudad de Buenos Aires tienen la posibilidad de elegir las autoridades del gobierno local (Ley 334).
Para esto, los interesados deben inscribirse en el Registro de Electores Extranjeros (Padrón de Extranjeros y Extranjeras) que es administrado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.
Para inscribirse en dicho registro deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener dieciocho (18) años de edad cumplidos

  • Tener la categoría de “residente permanente” en el país

  • Poseer Documento Nacional de Identidad de Extranjera/o

  • Llevar tres (3) años de residencia en la Ciudad de Buenos Aires

  • Tener registrado su domicilio real en el DNI

  • No estar inhabilitado por el Código Electoral Nacional para emitir el sufragio.

Lugares de votación

A partir del 19 de mayo, según lo establece el cronograma electoral, se dará inicio a la publicidad de los lugares de votación. El Tribunal Superior de Justicia, con la colaboración de la Dirección General Electoral, dispondrá los listados de dichos lugares para su publicidad en los Centros de Gestión y Participación Comunales, comisarías, Tribunal Superior de Justicia, Dirección General Electoral, página web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y otras dependencias públicas.

 

Cronograma Electoral

Para las elecciones del próximo 3 de junio el Cronograma Electoral establece:

05-12-06

Cierre de novedades para el padrón de electores

Art.25 CEN- Art 10 Ley 334

03-03-07

Inicio del Plazo de exhibición, reclamos y tachas del padrón provisorio

Arts.26,27 y 28 CEN- Art.10 Ley 334

17-03-07

Fin del Plazo de exhibición, reclamos y tachas del padrón provisorio

Arts. 27 y 28 CEN- Art.10 Ley 334

03-04-07

Vence plazo para presentación de alianzas

Art.10 Ley 23.298

04-04-07

Inicio de la campaña electoral

Art.2 Ley 268

14-04-07

Vence plazo para registro de candidatos

Art. 60 CEN

03-05-07

Vence plazo para asignar lugares de votación

Art.77 CEN

04-05-07

Vence plazo de presentación de boletas

Arts. 62 y 64 CEN

04-05-07

Inicio de la exhibición y reclamos del padrón definitivo de electores

Art.30 CEN- Art 10 Ley 334

14-05-07

Fin del plazo para efectuar reclamos del padrón definitivo y para designar autoridades de mesa

Arts. 33 y 75 CEN- Art.10 Ley 334

19-05-07

Inicio de la publicidad de lugares de votación

Art.80 CEN

01-06-07

8hs.fin de la campaña electoral

Art.2 Ley 268
Art.5 Ley 268

/inicio veda encuestas electorales

03-06-07

8 a 18 hs. ELECCIÓN 

DECRETO 308 /GCABA/07
Art.5 Ley 268

21 hs Fin veda encuestas electorales

05-06-07

18 hs. Vence plazo para protestas o reclamos

Arts.110 y 111 CEN

06-06-07

Inicio del escrutinio definitivo

Art.112 CEN

22-06-07

Fin de la campaña electoral 2da.vuelta

Art.2 Ley 268
Art.5 Ley 268

8hs.inicio veda de encuestas electorales

24-06-07

8 a 18 hs. ELECCIÓN  (2da Vuelta)

DECRETO 308 /GCABA/07
Art.5 Ley 268

21hs. Fin veda encuestas electorales

26-06-07

18 hs. vence plazo para protestas o reclamos

Arts.110 y 111 CEN

27-06-07

Inicio del Escrutinio definitivo

Art.112 CEN

10-12-07

Vencimiento de mandatos

Arts.69 y 98 CCBA

Candidaturas

Desde el 16 de febrero, fecha de la publicación de la convocatoria a elecciones, y hasta el 14 de abril los partidos políticos y las alianzas tuvieron el derecho de registrar sus listas de candidatos.
Ese proceso concluyó con la presentación de 23 listas entre partidos y alianzas que solicitaron la oficialización de sus candidaturas, cuyas fórmulas postuladas y primer candidato/a a diputado/a se detalla en el anexo.    

Autoridades de Mesa y Fiscales:

Autoridades de Mesa

Con una antelación no menor a veinte días de la elección el Tribunal Superior de Justicia designará para cada mesa electoral y como única autoridad a  un funcionario que actuará con el título de Presidente, auxiliado por dos suplentes.
Los presidentes y suplentes, que serán electores hábiles, con residencia en la sección donde deban desempeñarse, serán notificados a través del Correo Oficial de la República Argentina.
El Ministerio de Gobierno, por Resolución Nº 453-MGGC-2007, estableció en la suma de pesos cien ($100) el importe correspondiente a la compensación en concepto de viático para todo elector que se desempeñe como autoridad de mesa. Este monto intenta, además, jerarquizar la tarea de las autoridades de mesa y garantizar la presencia de las mismas en pos del normal desarrollo y transparencia del acto electoral.

Fiscales

Con el fin de fiscalizar los comicios y formalizar reclamos, los partidos políticos y las alianzas reconocidas en el distrito de la Ciudad de Buenos Aires, que se presenten a la elección, podrán nombrar fiscales para que los representen ante las mesas receptoras de votos. También podrán designar fiscales generales por cada una de las 28 secciones electorales, que tendrán las mismas facultades y estarán habilitados para actuar simultáneamente con el fiscal de mesa.
Tanto los fiscales de mesa como los generales deberán saber leer y escribir y ser electores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    

Sistema Electoral

Elección de Jefe y Vice Jefe de Gobierno

El sistema electoral para elegir Jefe de Gobierno y Vicejefe de Gobierno se encuentra regulado por el artículo 96 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas dos características son:

  • Elección directa y conjunta por fórmula completa y mayoría absoluta (Para alzarse con la Jefatura de Gobierno el candidato debe alcanzar más del 50% de los votos positivos )

  • Segunda vuelta: En caso de no alcanzar la mayoría absoluta de los votos positivos en la primera elección se convocará a una segunda vuelta  entre las dos fórmulas que más votos hayan obtenido.  La triunfadora en este comicio accederá al cargo de Jefe de Gobierno.

  • La duración del mandato de Jefe y Vice Jefe de Gobierno es de 4 años, pudiendo ser reelectos por un solo período consecutivo.

Elección de Legisladores

El sistema electoral para la elección de los Diputados de la Ciudad posee las siguientes características:

  • Circunscripción Plurinominal: Se eligen 30 Diputados de la Ciudad por turno electoral tomando al territorio de la ciudad como distrito único.

  • Lista Cerrada y bloqueada: Los ciudadanos no pueden alterar el orden o la composición de las listas presentadas por los partidos políticos.

  • Proporcionalidad: Se utiliza la fórmula D’Hont para transformar matemáticamente votos en escaños.

  • Ausencia de umbral legal: Como consecuencia del dictamen del Tribunal Superior de Justicia del 17 de marzo de 2000 se elimina el umbral mínimo de 3% establecido por el Código Nacional Electoral.

Campaña Electoral

La campaña electoral se compone de todas las acciones de propaganda que realicen los partidos políticos, las alianzas y confederaciones, sus candidatos y quienes los apoyen con el objetivo de captar votos.

En nuestra ciudad las campañas electorales y el financiamiento público de las mismas se encuentran regulados por la Ley Nº 268, cuyos puntos centrales son:

  • Duración: desde los 60 días anteriores a la fecha fijada para la elección y hasta las 48 hs. previas al comicio.

  • Límite de gasto permitido: los partidos no podrán superar el límite de $ 0.40 por elector empadronado para votar en esa elección por categoría.

  • Aporte público: la ciudad contribuye al financiamiento de las campañas destinando una suma total por categoría igual a $0.50 por elector empadronado para votar en esa elección.

  • Aporte privado: se establece un límite de $20.000 por campaña para el aporte de personas físicas con residencia en el país y se prohíbe el aporte de personas jurídicas o anónimas.

  • Control de los aportes y gastos: los partidos, alianzas o confederaciones deben  presentar ante la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires los informes de los gastos realizados con motivo de la campaña

  • Sanciones: la ley establece sanciones por incumplimiento que deberán ser         impuestas por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

La Dirección General Electoral tiene la facultad de administrar, liquidar, distribuir y asignar el aporte público para el financiamiento de la campaña electoral de los partidos políticos que participen de las elecciones locales.

Consulta popular

La consulta popular anunciada por el Jefe de Gobierno Jorge Telerman, se llevará a cabo el día 24 de junio de 2007, con la eventual segunda vuelta. Los criterios utilizados para su instrumentación serán determinados por el Tribunal Superior de Justicia.  
Si bien la Ciudad de Buenos Aires no tiene antecedentes de una consulta popular el mismo día de una eventual segunda vuelta electoral, otras provincias como Salta y Chaco han hecho coincidir actos eleccionarios de cargos electivos con una consulta popular.

Por otra parte, sobre este instituto cabe destacar;

El Artículo 66 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece “La Legislatura, el Gobernador o la autoridad de la Comuna pueden convocar, dentro de sus ámbitos territoriales, a consulta popular no vinculante sobre decisiones de sus respectivas competencias. El sufragio no será obligatorio”. En virtud de ello, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires en el año 1998 sancionó la Ley Nº 89 de Referéndum y consulta popular

  • La convocatoria se realiza a través de un decreto del Jefe de Gobierno y debe contener la pregunta que ha de responder el electorado, formulada en forma afirmativa es decir por “SI” o por “NO”.

  • La consulta popular, al igual que la elección, se regirá por el Código Nacional Electoral, toda vez que la Ciudad de Buenos Aires aún no ha sancionado una norma propia. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad tiene a su cargo el control de la redacción y confección de las boletas.

  • El escrutinio que permite conocer el resultado de la consulta popular, adoptará las mismas características que una elección convencional. La autoridad de mesa contabilizará los votos en el cuarto oscuro, volcará los resultados en el acta de escrutinio, y entregará el telegrama al personal del correo para su traslado al centro de cómputos donde se cargará la información y se procesará el resultado.

Directorio

Dirección General Electoral:
Av. De Mayo 633 7º piso
4342-4800
www.buenosaires.gov.ar/electoral

Tribunal Superior de Justicia:
Cerrito 760
4370- 8500
www.tsjbaires.gov.ar

Juzgado Federal Nº 1 (Secretaría Electoral):
Tucumán 1320 subsuelo
www.pjn.gov.ar

Partidos y alianzas que han solicitado oficialización de candidaturas, fórmulas postuladas y primer candidato a diputado.

1.- Partido EL MOVIMIENTO

Fórmula a Jefe y Vicejefe de Gobierno:
GRACIELA PATANÉ – HILDA ORLINDA OATES

Primer/a candidato/a a Diputado/a:
AZUCENA LIDIA MARCHION

2.- Partido MOVIMIENTO AL SOCIALISMO (MAS)

Fórmula a Jefe y Vicejefe de Gobierno:
HECTOR ANTONIO HEBERLING – ANDREA FABIANA SALMINI

Primer/a candidato/a a Diputado/a:
MARTIN ANDRÉS GONZÁLEZ BAYON

3.- Partido DE LOS TRABAJADORES SOCIALISTAS (PTS)

Fórmula a Jefe y Vicejefe de Gobierno:
CHISTIAN CARLOS HERNAN CASTILLO – CARLOS EDGARDO ARTACHO

Primer/a candidato/a a Diputado/a:
ANDREA ALEJANDRA ROBLES

4.- Partido MOVIMIENTO INDEPENDIENTE DE JUBILADOS Y DESOCUPADOS

Fórmula a Jefe y Vicejefe de Gobierno:
RUBEN OSCAR SABOULARD – HECTOR GUILLERMO BULLRICH

Primer/a candidato/a a Diputado/a:
ANA RAQUEL MELNIK

5.- Partido CONVOCATORIA DE INTEGRACION CIUDADANA

Fórmula a Jefe y Vicejefe de Gobierno:
No presentaron

Primer/a candidato/a a Diputado/a:
LILIANA ESTER SANCHEZ

6.- Partido OBRERO

Fórmula a Jefe y Vicejefe de Gobierno:
MARCELO ARMANDO RAMAL – VANINA NATALIA BIASI

Primer/a candidato/a a Diputado/a:
JORGE ALTAMIRA

7.- FRENTE DE IZQUIERDA SOCIALISTA REVOLUCIONARIA

Fórmula a Jefe y Vicejefe de Gobierno:
JOSE ERNESTO CASTILLO – JORGE MARIO GUIDOBONO REY

Primer/a candidato/a a Diputado/a:
GONZALEZ ERNESTO

8.- PRO

Fórmula a Jefe y Vicejefe de Gobierno:
MACRI

Compartir!

Comentarios

Comentarios